¿Qué es una EAT según la ley?

La Ley 21.553 define a una Empresa de Aplicación de Transportes (EAT) como toda persona jurídica que ponga a disposición del público una plataforma digital —aplicación móvil, sistema informático o tecnología similar— que permita a un pasajero contactarse con el conductor de un vehículo de transporte menor de pasajeros, para ser trasladado de un origen a un destino, a cambio de una tarifa.

En términos prácticos: Uber, DiDi, Cabify e InDrive son EAT. Y desde que esta ley entre en vigencia, deberán cumplir un conjunto de obligaciones que antes no existían.

¿Qué deben hacer las EAT?

Las obligaciones principales que la ley impone a estas empresas son:

  • Inscribirse en el Registro Electrónico Nacional de la Subsecretaría de Transportes. Sin inscripción, no pueden operar legalmente en Chile.
  • Verificar que sus conductores y vehículos cumplan los requisitos de la ley: licencia profesional, antecedentes limpios, antigüedad del vehículo, revisión técnica y seguros.
  • Informar a los pasajeros antes de iniciar el viaje: conductor, vehículo, ruta propuesta, tiempo estimado y tarifa final.
  • Contratar seguros que cubran a vehículos, conductores, pasajeros y terceros durante la prestación del servicio.
  • Entregar datos operacionales al Ministerio: zonas de operación, kilómetros recorridos, tarifas aplicadas.
  • Habilitar un sistema de emergencias dentro de la app para que el pasajero pueda alertar en caso de incidente.

¿Qué NO pueden hacer?

La ley también establece prohibiciones concretas para las EAT:

  • No pueden operar con conductores o vehículos que no estén inscritos en el Registro.
  • No pueden permitir que sus conductores recojan pasajeros en la vía pública sin solicitud previa por la app.
  • No pueden usar vías exclusivas del transporte público.
  • No pueden prestar servicios de carácter compartido (llevar a pasajeros no relacionados en un mismo viaje).

¿Qué cambia para los conductores?

El conductor que trabaja con una EAT pasa a ser parte de un sistema regulado. Eso tiene ventajas concretas —un marco legal que define sus derechos— pero también exigencias nuevas. La más importante: deberá estar inscrito en el Registro y mantener sus documentos vigentes en todo momento.

La revisión técnica cada seis meses, el SOAP al día, el seguro adicional de 400 UF: son documentos que vencen en fechas distintas. El desafío no es tenerlos una vez, sino mantenerlos vigentes de forma permanente.

Para eso existe Docer: un sistema que centraliza esos documentos, registra sus fechas de vencimiento y avisa con anticipación cuando algo está próximo a caducar.

¿Qué cambia para los pasajeros?

Para quienes usan estas aplicaciones como pasajeros, la regulación trae beneficios directos. Antes de iniciar el viaje podrás ver el nombre, foto e identificación del conductor, la placa del vehículo y el seguro que lo cubre. En caso de accidente, sabrás con qué cobertura cuentas. Y en caso de incidente grave, habrá un registro formal del servicio disponible para el Ministerio Público y Carabineros.

En resumen

Las EAT son las empresas que ponen la tecnología. Los conductores son quienes prestan el servicio. La ley establece las reglas mínimas para que ese servicio sea seguro, transparente y formal. La pregunta para cada conductor no es si cumplirá con la ley —sino cuándo comenzará a prepararse.

Fuentes: Ley 21.553, Art. 1° — BCN · Decreto Supremo N°95, Art. 2° · Diario Constitucional