Qué pasa si un conductor de app no está inscrito en el Registro EAT
28 de April, 2026
La situación actual vs. lo que viene
Hoy, mientras el reglamento está en proceso de aprobación en Contraloría, los conductores de aplicaciones operan en una zona gris legal. Pero eso cambia en cuanto el Decreto Supremo N°95 se publique en el Diario Oficial. Desde ese momento, operar sin estar inscrito en el Registro EAT pasa a ser una infracción formal con consecuencias concretas.
Las sanciones para conductores no inscritos
La Ley 21.553 establece un sistema de sanciones graduales expresadas en Unidades Tributarias Mensuales (UTM). Para los conductores, las más relevantes son:
- Operar sin licencia profesional vigente: Suspensión de la licencia de conducir por 6 meses más multa.
- Información falsa o incorrecta: Entre 3 y 10 UTM (~$210.000 a $700.000 pesos a valores 2026).
- Reincidencia dentro del mismo año: Entre 6 y 20 UTM (hasta ~$1.400.000 pesos).
- Infracciones leves: Entre 1 y 3 UTM.
Para las plataformas (EAT) que operen con conductores no inscritos, las multas son aún mayores: entre 10 y 200 UTM, con duplicación en caso de reincidencia.
¿Quién fiscaliza?
La fiscalización recae en el Ministerio de Transportes y sus Secretarías Regionales. Carabineros de Chile puede solicitar, en controles de tránsito, la documentación que acredite la inscripción en el Registro, incluyendo el distintivo CIC que debe ir visible en el vehículo. Si el conductor no puede acreditarlo, la infracción queda registrada.
Eliminación del Registro: los casos en que ocurre automáticamente
Más grave que la multa es la eliminación del Registro, porque implica no poder operar con ninguna plataforma hasta que —eventualmente— haya cupos disponibles para reinscribirse. La ley establece que un conductor debe ser eliminado del Registro en estos casos:
- Si transcurren más de 10 días inscrito sin estar anotado a ninguna EAT.
- Si aparecen anotaciones en el certificado de antecedentes por los delitos especificados en la ley.
- Si reincide en la adulteración del mecanismo de cobro o de los datos de geolocalización.
- Por fallecimiento del conductor.
El riesgo que pocos dimensionan: operar con documentos vencidos
Hay una forma más común de quedar fuera del Registro que muchos no anticipan: no por no inscribirse, sino por dejar vencer alguno de los documentos que la inscripción requiere mantener vigentes. La revisión técnica vencida, el SOAP caducado o el seguro de 400 UF sin renovar pueden derivar en la eliminación del conductor o del vehículo del Registro, sin que haya habido ninguna infracción de tránsito.
La diferencia entre operar con tranquilidad y operar con riesgo está en saber, con anticipación, cuándo vence cada documento. Eso es exactamente lo que resuelve Docer: alertas hasta 48 días antes de que algo venza, todo centralizado, sin depender de la memoria.
¿Cuándo empieza a regir todo esto?
Una vez publicado el reglamento en el Diario Oficial (estimado hacia junio-julio 2026), la ley entra en vigencia 30 días después. Durante los primeros 6 meses, hay un período de inscripción masiva. Quienes no se inscriban en ese plazo quedan fuera, y la reinscripción no estará disponible por al menos 18 meses más.
No es un plazo para ignorar. Es el momento de prepararse.
Fuentes: Ley 21.553, Arts. 11° y 12° — BCN · Decreto Supremo N°95, Arts. 13° y 21° · LexLatin
¿Está todo en regla?
Docer centraliza el estado legal de tu vehículo y te avisa antes del vencimiento. Sin buscar en 6 sitios distintos.
Revisar mi vehículo gratis →