Qué pasa si mi auto tiene más de 15 años y trabajo con apps
28 de April, 2026
El límite claro: 15 años de antigüedad máxima
La Ley 21.553 y su reglamento (Decreto Supremo N°95) establecen que los vehículos inscritos en el Registro EAT pueden prestar servicios de transporte remunerado de pasajeros hasta que tengan una antigüedad máxima de 15 años. Al cumplir esa edad, deben ser eliminados del Registro automáticamente.
La antigüedad se calcula como la diferencia entre el año en que se verifica el cumplimiento (siempre al 31 de diciembre de cada año) y el año de fabricación registrado en el Registro de Vehículos Motorizados del Servicio de Registro Civil e Identificación.
¿Qué pasa cuando un vehículo cumple 15 años?
Cuando la Secretaría Regional verifica que al 31 de diciembre un vehículo ha cumplido la antigüedad máxima, registra su eliminación del Registro EAT. Desde ese momento:
- El vehículo no puede prestar servicios de transporte a través de ninguna EAT.
- Las plataformas a las que estaba anotado son notificadas de la eliminación.
- El conductor que lo usaba queda sin vehículo en el Registro (si no tiene otro).
¿Puedo seguir trabajando con ese auto?
No. Una vez eliminado del Registro por antigüedad, el vehículo no puede reingresarse. No hay excepciones ni prórrogas para este límite.
Lo que sí puedes hacer es solicitar el reemplazo por otro vehículo que cumpla los requisitos, dentro de los 18 meses siguientes a la eliminación del vehículo saliente.
¿Qué condiciones debe cumplir el vehículo de reemplazo?
El Decreto Supremo N°95 establece tres condiciones para el vehículo entrante:
- Antigüedad máxima de 5 años al momento de inscribirse (hasta 7 años en regiones de Arica, Tarapacá y Magallanes).
- La antigüedad del vehículo entrante debe ser siempre menor a la del vehículo saliente al momento de su eliminación.
- El propietario o mero tenedor del vehículo entrante debe ser la misma persona que figuraba como tal en el Registro para el vehículo saliente.
¿Y si mi auto tiene entre 10 y 15 años hoy?
Tienes margen para operar, pero con una fecha de vencimiento conocida. Si tu auto tiene 12 años hoy, puede operar hasta que cumpla 15 —es decir, por tres años más. Ese tiempo es suficiente para planificar el reemplazo con calma, en lugar de reaccionar cuando ya es tarde.
Saber cuándo exactamente tu vehículo llegará al límite de antigüedad —y tenerlo marcado junto con el vencimiento de la revisión técnica, SOAP y demás documentos— es parte de operar con visibilidad real. Docer centraliza esa información y te permite planificar con anticipación.
Período transitorio: ventana más amplia al inicio
Durante los primeros 6 meses de vigencia de la ley, la antigüedad máxima para inscribir un vehículo por primera vez es de 10 años (no 5). Esto significa que si tu auto tiene entre 5 y 10 años, tienes una ventana de ingreso al Registro que se cerrará una vez vencido ese período transitorio.
Fuentes: Decreto Supremo N°95, Arts. 21° y 23° · Ley 21.553, Art. 3° — BCN · Meganoticias, 28 de abril de 2026
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